¿Quién puede solicitar la reagrupación familiar?
Cualquier extranjero que:
- Haya residido legalmente en España al menos un año
- Haya solicitado una renovación de residencia por otro año más
¿A qué familiares puedes reagrupar?
Según la normativa vigente en 2025, puedes reagrupar a:
- Cónyuge o pareja registrada (mayores de 18 años)
- Pareja de hecho con convivencia mínima de 12 meses o hijos en común
- Hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad
- Ascendientes (padres o suegros) mayores de 65 años
- Excepcionalmente, otros familiares dependientes económicamente
Requisitos para el reagrupante
Para poder reagrupar, debes cumplir con:
- Medios económicos suficientes: 150% del IPREM + 50% por cada familiar adicional (puede reducirse al 110% si percibes el Ingreso Mínimo Vital)
- Vivienda adecuada, acreditada mediante informe de la Comunidad Autónoma
- Seguro médico sin carencias ni copagos excesivos
- No tener antecedentes penales ni ser una amenaza para el orden público
¿Cómo se presenta la solicitud?
- Reúne la documentación necesaria
- Presenta la solicitud en la Oficina de Extranjería de tu provincia
- Espera la resolución (plazo máximo: 2 meses)
- Si se aprueba, el familiar tiene 1 mes para entrar a España
- El permiso tendrá la misma duración que el del reagrupante
¿Por qué contar con un abogado de extranjería?
En Extranjería Online Barcelona, te ayudamos a:
- Evaluar si cumples los requisitos
- Preparar toda la documentación correctamente
- Presentar la solicitud sin errores
- Hacer seguimiento del expediente
- Recurrir en caso de denegación
Evita retrasos y errores que pueden poner en riesgo la unidad familiar.
📍 ¿Vives en Barcelona o alrededores?
Nuestro equipo legal tiene más de 10 años de experiencia en reagrupación familiar y trámites de extranjería.
Si estás interesado en traer a tu familia a España, puedes contactarnos para una consulta. Evaluaremos tu situación y te guiaremos en todo el proceso legal.
También puedes escribirnos a: info@abogadosonlinebarcelona.com